Os anunciamos que hoy se ha publicado la REFORMA DE PENSIONES y en ese texto se añaden mejoras a la CUME. Se trata del Real Decreto Ley 2/2023
1.- Ampliación hasta los 26 años para personas con discapacidad por encima del 65% o que tenga Curatela representativa.
Dejan contemplado el supuesto de volver a la CUME los que la hayan perdido por haber cumplido sus hijos/hijas 23 años. Tened en cuenta que se tiene que seguir cumpliendo el resto de requisitos
2.- En el caso de progenitores DIVORCIADOS, SEPARADOS etc.. se le dará la CUME al progenitor con el que conviva el hijo/hija con enfermedad grave aunque el otro no trabaje. En caso de no estar separados o divorciados, los dos tiene que trabajar ya que la cume es para que uno de los dos progenitores tenga tiempo para cuidar al hijo/hija con enfermedad grave
3.- Los progenitores cuyos hijos/hijas tienen más de 18 años y menos de 23 años pueden solicitar la CUME si la enfermedad fue diagnosticada antes de los 18 años.